
14 de diciembre de 2021
Por: Enrique Ochoa Antich
Los ministros Reverol y Gonzalez López son responsables por las ejecuciones durante las OLP
Según el Estatuto de Roma, no hay pruebas de que Maduro, ni Cabello, ni Padrino hayan cometido crímenes de lesa humanidad
Los informes de la Misión de Verificación de Hechos y el de respuesta del Estado venezolano, están sesgados por intereses políticos y son insuficientes
Reunido en Ginebra con funcionarios de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Michelle Bachelet, el activista político y de derechos humanos Enrique Ochoa Antich hizo entrega de un Informe de un ciudadano venezolano sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela. En este documento constata que en Venezuela se cometen crímenes de lesa humanidad.
-Se ejecuta. Se tortura. Se detiene a miles violando el debido proceso, afirma EOA.
Eso supone una responsabilidad del Estado. Pero los crímenes de lesa humanidad reclaman una responsabilidad individual con arreglo al Estatuto de Roma, por lo que EOA reclama que los ddhh no se conviertan en un «arma arrojadiza» contra el adversario político. EOA cree que los informes de la Misión de Verificación de Hechos y el de respuesta del Estado venezolano titulado Contra la Infamia, están sesgados por intereses políticos y son infuficientes.
-Se nota el interés de la oposición extremista de insistir en el camino del juicio a Maduro para boicotear un proceso de negociación con él que es la única vía democrática de cambio pacífico posible, asegura.
Según su opinión, y de acuerdo a los artículos 28 y 30 del Estatuto de Roma que exigen participación directa y material, además de conocimiento e intención, los exministros de Interior Néstor Reverol y Gustavo Gómez López son responsables por las miles de ejecuciones durante las OLP y por las FAES.
-Pero como suelo decir lo que pienso y hacer lo que digo, tengo que afirmar que al menos en el informe de la Misión de Verificación de Hechos no hay prueba alguna de que Maduro, ni Cabello, ni Padrino sean responsables de crímenes de lesa humanidad, subrayó.
Según su criterio, «que este dijo que aquél dijo», como señala la Misión, no es un argumento serio para una acusación tan delicada.
EOA confía en que este documento ayude a que la ACNUDH siga ayudando en el necesario proceso de transición democrática pactada, pacífica, electoral y soberana, que Venezuela reclama.
INFORME QUE PRESENTA UN CIUDADANO DE VENEZUELA A LA ALTA COMISIONADA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS
(De: Enrique Ochoa Antich. Para: Michelle Bachelet).
En mi condición de activista de derechos humanos de larga data en mi país (1) y conductor del espacio Tus ddhh en 5’ que se trasmite diariamente por Punto de Corte TV, me dirijo a la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidad para los Derechos Humanos a los fines de expresar algunas consideraciones acerca del primer informe de la Misión para la Determinación de los Hechos en Venezuela creada por la Resolución 42/25 del 27 de septiembre de 2019 por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas y del documento de respuesta del gobierno de Venezuela titulado La verdad de Venezuela contra la infamia: Datos y testimonios de un país bajo asedio.
Quisiera así contribuir a una más clara visión de la situación política y de los derechos humanos en mi país a los fines de que las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos de lo ONU no adolezcan de inconvenientes sesgos que en nada ayudan al necesario proceso de diálogo y reconciliación ni a la paz política y social de Venezuela.
- https://es.m.wikipedia.org/wiki/Enrique_Ochoa_Antich#Obras
I.
Se tortura. Se ejecuta. Se maltrata. Se humilla. Se encarcela injustamente. ¿Quién puede dudarlo? Tanto el informe de la Misión independiente designada por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que lo hace en abundancia, como la respuesta del Poder Ciudadano y del Poder Ejecutivo, que lo hace con sordina, ambos reconocen que los derechos humanos se violan masiva y sistemáticamente en Venezuela, fenómeno inveterado, de larga data en nuestra historia, hoy exponenciados a causa del descuadernamiento institucional que padece la república. Sirve de poco a la causa democrática convertir esta vergüenza que los venezolanos padecemos a diario, y desde hace muchas, muchas décadas, en un arma arrojadiza contra el adversario político. Aquí se requiere convertir a los derechos humanos en un asunto de Estado y consensuar un Pacto Nacional de todos para su resguardo y desarrollo.
La Misión relaciona numerosos casos de tortura y de ejecuciones en las 443 páginas que componen su informe. Igualmente, en las 112 que integran el publicado por el Estado venezolano a su modo también se refiere las altas cifras de las violaciones a los ddhh en Venezuela. Nos es dado afirmar que, sin duda alguna, puede establecerse una responsabilidad general del Estado en la comisión de estas violaciones a los derechos humanos: porque no se ha logrado disminuir su ocurrencia, porque las instituciones ciudadanas y judiciales no juegan el rol independiente y de contrapeso al Poder Ejecutivo que deben jugar, porque el entorno que las propicia es de naturaleza política y auspiciado principalmente por el alto gobierno.
Son numerosos los sesgos, inconsistencias e imprecisiones presentes en ambos informes. Por ejemplo, no parece lo más adecuado que el de la Misión haya sido redactado desde fuera del país, aunque con base a numerosos testimonios de víctimas y/o familiares de las víctimas, sin que parezcan suficientes las diligencias diplomáticas alegadas que se habrían realizado para tal fin, salvo la redacción y remisión de comunicaciones no contestadas por el gobierno. Igualmente, luce extraño que este informe no se basara en ninguna de sus partes en los reportes de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los DDHH, ni que se ofrezca relación sobre contacto alguno mantenido con ella, que sí cuenta con una delegación in situ que espera ser ampliada y fortalecida, según se ha comunicado. Dicho sea de paso, la subsiguiente y ponderada alusión a Venezuela que hiciera la señora Bachelet como parte de su alocución ante el Consejo de DDHH de la ONU, fue tontamente vapuleada por el gobierno, cuando entre otros puntos criticó la adopción de sanciones económicas contra Venezuela, constató las acciones recientes del Ministerio Público en la sanción de funcionarios responsables de violaciones a los derechos humanos, y elogió los indultos presidenciales de más de 100 presos políticos. Claro, igualmente hizo mención, como es su deber, a los preocupantes números de ejecuciones en los barrios por parte de las FAES, los actos de tortura y las miles de detenciones arbitrarias. ¿Qué querían? ¿Que nada dijera al respecto? Sorprende esta actitud, propia de los regímenes totalitarios y no de las democracias, poco comprensiva por parte del Estado venezolano cuando, si sus representantes lo piensan mejor, lo que les conviene es exactamente lo contrario. Quiero reconocer que la reacción del nuevo canciller de Venezuela, Félix Plasencia, ante el nuevo informe de la Alta Comisionada, anunciando que el gobierno tomaba debida nota de sus señalamientos, ha sido mucho más mesurada y aplomada, como debe ser este tipo de reacción.
También sorprenden las inconsistencias del informe presentado como réplica por el Poder Ciudadano y el Poder Ejecutivo. Sólo tengamos en cuenta que de sus 112 páginas:
- 1/3 está ocupado con el discurso meramente político contra la oposición extremista y los EEUU.
- 1/6 está volcado a contradecir las inconsistencias del informe de la Misión.
- 1/6 se ocupa de las referencias teóricas a los ddhh en la Constitución y las leyes y a las instituciones que se ocupan o deberían ocuparse del tema (ninguna, por cierto, plural, con presencia de la oposición como pasa en toda democracia: recordamos por ejemplo cómo en tiempos tan criticados del puntofijismo (2), el MAS y la Causa R, los dos principales partidos de izquierda, ocuparon muchas veces la presidencia de la Subcomisión de DDHH de la Comisión de Política Interior de la Cámara de Diputados).
(2) Del llamado Pacto de Punto Fijo, firmado en 1958 como convenio entre Acción Democrática, COPEI y URD, los tres partidos políticos más grandes de la democracia lograda recientemente.
- Sólo 1/3 restante contiene cifras generales acerca de la sanción de miles de funcionarios públicos responsables por la comisión de violaciones a los derechos humanos, sin hacer ninguna referencia a éstas, sus causas, sus procedimientos y sus consecuencias.
Es clara, pues, la violación masiva y sistemática de los derechos humanos en Venezuela y la insuficiente acción del Estado venezolano para protegerlos y sancionar a los responsables de dicha violación. Sin embargo, hasta este momento al menos, no he podido encontrar ninguna responsabilidad directa en crímenes de lesa humanidad ni del presidente Nicolás Maduro, ni de Diosdado Cabello, ni de Vladimir Padrino, como se ha querido hacer ver, con clarísima premeditación política, sí en cambio de los generales Néstor Reverol y Gustavo González López, en su desempeño como ministros de Interior y Justicia que fueron ambos (y en el caso del segundo, también como director del SEBIN, Servicio de Inteligencia policial). Hay, claro está, una responsabilidad política, incluso negligencia criminal, de Maduro, Cabello y Padrino (como demostraremos en la segunda parte de este documento), pero no más de eso. Igual ocurre con la lectura de la acusación del Fiscal de EEUU, William Barr, pues en ella no hay ni un solo hecho que pruebe la participación del presidente Maduro en delitos de narcotráfico, como ha querido hacerse ver. Es mi deber decirlo, a riesgo de ser fusilado por enésima vez en el paredón de los extremistas de lado y lado. Me temo que el informe de la Comisión de Determinación de Hechos, igual que la denuncia por crímenes de lesa humanidad contra el presidente Nicolás Maduro ante la Corte Penal Internacional, tiene un sesgo orientado a sacar a Venezuela del proceso de diálogo y negociación que se está procurando entre el gobierno y una de las oposiciones tutelada por los Estados Unidos de América, proceso propio de la ruta democrática, electoral, pacífica, constitucional y soberana para el cambio político, y regresarla al camino de la confrontación y de la estrategia de salida de fuerza del actual régimen autoritario imperante en mi país.
A los fines de establecer la responsabilidad de Maduro y Cabello, el primer informe de la Misión para la Determinación de los Hechos en Venezuela sólo menciona los siguientes hechos, a mi juicio claramente insuficientes:
- Que un militar dijo que las órdenes de detención eran de Maduro y Cabello a través del Director del SEBIN.
- Que el general Manuel Cristopher Figuera, exdirector del SEBIN, testimonió ante la Misión que recibió órdenes directas de Maduro de «sembrar» armas (por ejemplo, caso R. Marrero).
- Que Cristopher Figuera dice que Maduro ordenó quiénes serían torturados.
- Que el fiscal Franklin Nieves dijo que Maduro y Cabello daban órdenes al Fiscal General.
- Que Steyci Escalona dijo que la jueza Mariela Acevedo a cargo de su caso dijo a su vez que habló con el vicepresidente Tarek El Aissami, de lo que se deduciría que lo hacía por encargo del presidente.
- Que Ángel Zerpa dijo que un agente del SEBIN había dicho a su vez que Maduro había ordenado su detención.
Así, derivadas de simples señalamientos, porque éste dijo que aquél dijo, resulta difícil poder corroborar una acusación tan grave como la de comisión directa de delitos de lesa humanidad.
La participación tanto de Maduro como de Cabello y Padrino, y lógicamente la de Reverol y González, en el mando y ejecución de las mal llamadas Operaciones de Liberación del Pueblo, será analizada en la segunda parte de este informe.
Las declaraciones del diputado Juan Guaidó, subsecuentes a la presentación del informe de la Misión, requiriendo que las Naciones Unidas ejecuten sobre nuestra patria medidas propias del compromiso de Responsabilidad de Proteger, así como las del Secretario de Estado de los EEUU y del presidente de Colombia, revelan la premeditación que hemos aludido, es decir, la pretensión de justificar mediante el establecimiento de la culpa directa en delitos de lesa humanidad del jefe del Estado de Venezuela, la tentativa de una intervención militar multilateral en nuestra patria. Por cierto, lo que no dicen sus proponentes, es que antes siquiera de considerar cualquier opción de fuerza, las Naciones Unidas deben emplear acciones previas como son: uno, la mediación; dos, los mecanismos de advertencia tempranos; y tres, las sanciones económicas, y que sólo entonces, cumplidos estos tres pasos previos, se llegaría a una eventual e improbabilísima intervención militar multilateral según lo previsto en el capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas cuando el Consejo de Seguridad así lo decida, todo lo cual muestra no sólo la ignominia sino la irresponsabilidad demagógica de la propuesta, a menos que se crea que Rusia y China no vetarán tal propuesta.
Con arreglo al Estatuto de Roma me hago las siguientes preguntas: ¿Tiene un presidente de la república, comandante en jefe de la Fuerza Armada, la condición de «jefe militar» que requiere el artículo 28 del Estatuto para ser «penalmente responsable por los crímenes de competencia de la Corte (Penal Internacional) que hubieren sido cometidos por fuerzas bajo su mando»? Si la respuesta es afirmativa, estamos hablando de un numeroso grupo de presidentes que lo son: Iván Duque de Colombia, Sebastián Piñera de Chile y muchos otros, además de Maduro. ¿Sabían, o, como especifica el Estatuto en el punto «i» del aparte «a» de este artículo, «hubieren debido saber» todos ellos «que las fuerzas estaban cometiendo esos crímenes o se proponían cometerlos»? ¿Hasta dónde puede establecerse que un presidente ha «adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para reprimir o prevenir su comisión», como señala el punto «ii» de este aparte a)? A fines de establecer una responsabilidad tan grave, debe ofrecerse alguna prueba fehaciente de que el presidente de la república «Hubiere tenido conocimiento» directo que sus «subordinados estaban cometiendo esos crímenes», como pide el punto «i» del aparte b) de este artículo. Y así sucesivamente. Es mi opinión que la responsabilidad de los generales Gustavo Gómez López y Néstor Reverol está, de acuerdo a este artículo 28, prácticamente demostrada, al menos en cuanto tiene que ver con las mal llamadas Operaciones de Liberación del Pueblo en las barriadas de muchas ciudades de Venezuela, no así la del presidente Nicolás Maduro.
Incluso, Reverol y González parecen cumplir con el «Elemento de intencionalidad» que exige el artículo 30 del Estatuto, cuando dice que «una persona será penalmente responsable … si los elementos materiales del crimen se realizan con intención», es decir, si se propone incurrir en una conducta o causar una consecuencia, no así otros funcionarios, sin entrar a considerar las «Circunstancias eximentes de responsabilidad penal» establecidas por el artículo 31 del Estatuto, en particular sus apartes c) y d).
II.
Podemos entonces recapitular. Hemos afirmado hasta aquí:
- Que en la república de Venezuela se violan masiva y sistemáticamente los ddhh.
- Que el Estado es responsable de su violación, y que por tanto Maduro, Cabello y Padrino tienen una incontestable responsabilidad política y son incluso responsables de inexcusable negligencia criminal, como señalaré más abajo.
- Que esa violación se ha exponenciado a causa del descuadernamiento institucional y la falta de independencia de los Poderes Públicos.
- Que los ministros de Interior son responsables directos de las ejecuciones durante las OLPs (por lo que quien suscribe los denunció en Fiscalía en 2016), pues fueron suyas las órdenes operativas que las activaron en cada caso.
• Que no nos es dado afirmar que Maduro, Cabello y Padrino son culpables de crímenes de lesa humanidad. De todos modos, solicito a esta Oficina que investigue y establezca si estoy en lo cierto o no.
Curiosamente, a algunos no les basta que éste sea el peor gobierno de nuestra historia, que Maduro sea responsable junto con otros del hambre, la devastación económica y social, la destrucción de los servicios públicos, la quiebra de la industria petrolera, y un largo etcétera de penurias y calamidades, y requieren exagerar, siempre exagerar. No les interesa la verdad. Lo que quieren es crear tal grado de censura al régimen madurista que pueda pretender justificarse una acción militar multilateral (incluso saltándose al Consejo de Seguridad, como fue el caso de Irak) contra el país.
Terminemos de revisar, por una parte, el informe presentado por la Misión independiente de Determinación de Hechos creada por el Consejo de DDHH de la ONU en septiembre de 2019; y, por la otra, examinemos en lo que cabe el informe gubernamental llamado Contra la Infamia.
Es cierto que el informe de la Misión está plagado de generalizaciones e imprecisiones, pero no cabe la menor duda de que pone de relieve hecho ciertos: crímenes de muy diversa naturaleza y protuberantes violaciones a los derechos humanos. Que cometa errores de todo tipo, como llamar Defensor de los DDHH al Defensor del Pueblo o afirmar que la GN comenzó a ser parte de la F.A. sólo a partir de 1998 (cuando eso ocurrió en los años ’50 durante la dictadura militar de Marcos Pérez Jiménez), o llamar Viceprocuradora a la Vicefiscal (cargo que, si no me equivoco, tampoco existe); que sea dolosamente impreciso en la narración de los hechos, como obviar que el vuelo del helicóptero sobre el TSJ bajo órdenes de Oscar Pérez, formaba parte de un ataque armado contra esa institución; que sea excesivo el uso que hace de fuentes mediáticas indirectas; que ninguno de sus señalamientos se haga con base en los informes de la delegación que in situ la oficina de la Alta Comisionada de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas tiene radicada en Caracas (por ejemplo, que no haya solicitado los manuales operativos de la GN y de las FAES que el gobierno entregó a esa delegación); que a veces el tono muestre un sesgo claro (como agregar ¡un alias! al nombre de un director de las FAES, o decir «delincuentes con uniforme» como un hecho, sin previa prueba); que se reduzca el concepto de «colectivos» a algunos grupos armados y que no haga referencia a que la inmensa mayoría de ellos tiene pacificas labores sociales y culturales de muy diversa naturaleza; que se llame «grandes manifestaciones populares» a las de 2014, que no lo fueron; o que a propósito de las muertes que se produjeron con ocasión de las protestas de 2014 y 2017 no se mencione que la mitad de ellas en el primer caso y casi la mitad en el segundo fueron causadas por manifestantes violentos o a causa de las manifestaciones (y a las cifras me remito); nada de esto disminuye, como parecen querer hacer ver los voceros oficiales, la gravedad de lo que allí se denuncia.
Se ha criticado que el informe repita la expresión «Motivos razonables para creer», pero un informe como éste, que no es una investigación penal, tiene que basarse en lo que nuestro antiguo Código de Enjuiciamiento Criminal definía como «deducción vehemente del juez». Esos «motivos razonables» se basan en la coherencia de numerosos testimonios, en prácticas habituales de los cuerpos de seguridad, en la referencia de lugares y actores. De hecho, el mismo Informe aclara que «Las conclusiones de la Misión no equivalen a una condena penal y la información que se presenta aquí es, en la mayoría de los aspectos, inferior a la que se necesita para lograr una condena penal».
Durante los ’90, quien suscribe fue defensor activo de los derechos humanos. Sé, por experiencia propia, que buena parte de las prácticas denunciadas son de inveterada presencia en nuestros cuerpos de seguridad, así que leyendo los testimonios y las informaciones presentadas en el Informe de la Misión, considero creíble la narración que se hace de crímenes como la tortura (práctica generalizada y sistemática: golpes, encadenamientos, descargas eléctricas, ambientes exageradamente fríos, luz artificial permanente, amenazas, incluida la sexual), de la que es emblema el caso del capitán Acosta Arévalo, o como los tratos crueles y degradantes (por ejemplo, desnudez forzada para requisas). Igualmente, sé que es cierta la recurrente violación del debido proceso, los retardos judiciales (que serían intolerables en un marco de resguardo de los derechos humanos), la aplicación de justicia militar a civiles, o la flagrante violación de inmunidad parlamentaria.
¿Quién duda de que se cometen ejecuciones (mal llamadas extrajudiciales en Venezuela, pues desde que a fines del siglo XIX aboliéramos la pena de muerte, toda ejecución lo es) y muertes durante los operativos de seguridad? He escuchado algunos testimonios de los familiares de las víctimas con ocasión de las equívocamente bautizadas como Operaciones de Liberación del Pueblo, y son incontestables los abusos de todo tipo que durante su ejecución se cometieron. Estas acciones recuerdan a la incorrecta decisión adoptada el 27F de invadir los barrios para rescatar lo saqueado, y sus detenciones masivas, a las redadas que con base en la terrible Ley de Vagos y Maleantes se solían llevar a cabo en los barrios de Caracas antes de 1998. El Informe detalla pormenorizadamente algunas de estas OLPs (Cota 905 2015, Santa Rosa de Agua Zulia 2015, El Valle 2016, Barlovento Miranda 2016, entre otras). Desde que fueron suspendidas las OLPs, entraron en acción las FAES de la Policía Nacional, que han cometido un mayor número de violaciones a los derechos humanos. Comparto el señalamiento de acuerdo al cual «Los mandos militares o superiores políticos: 1) sabían que se estaban produciendo asesinatos y detenciones durante las operaciones y 2) sabían o aceptaban la alta probabilidad de que se produjeran estos actos fuera del marco de la ley»; «las autoridades no adoptaron las medidas adecuadas para prevenirlos o reprimirlos»; «En lugar de aplazar, suspender y reformar significativamente las operaciones, las autoridades siguieron despachándolas…». Es la mayor acusación contra el más alto gobierno que se emite en el informe: es decir, una participación indirecta.
Miles de muertes causadas a la población civil con muy pocas bajas por parte de los cuerpos de seguridad, ponen en evidencia que se trata en una porción muy significativa de ejecuciones y no de «enfrentamientos», como las autoridades policiales han querido hacer creer. Como hemos señalado más arriba, la violación a los derechos humanos se ha exponenciado a causa del descuadernamiento institucional y la falta de independencia de los Poderes Públicos: sin controles, sin interpelaciones ni investigaciones parlamentarias de ningún tipo, criminalizadas de antemano las ongs de derechos humanos, interferida y desacreditada la denuncia a través de los medios de comunicación, siendo subalterna la condición de la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo respecto del Poder Ejecutivo, parece haberse dado carta blanca a los jefes policiales para actuar con impunidad.
El Informe de la Misión no establece ninguna responsabilidad penal. Así lo dice explícitamente al final de sus más de 400 páginas. Por lo que no es verdad que allí se acuse de modo directo a Nicolás Maduro, Diosdado Cabello y Vladimir Padrino de delitos de lesa humanidad. Insisto y subrayo: a mi modo de ver, de ese informe puede establecerse sí su responsabilidad política y su negligencia criminal al, por ejemplo, haber permitido que 143 acciones de las OLPs durante el primer semestre de 2016 (según se señala en el Informe) se hiciesen sin protocolos de procedimiento o que habiendo recibido o conocido numerosas denuncias públicas (en particular contra la PNB-FAES, el SEBIN, el CICPC y el DGCIM), en vez de adoptar medidas de investigación y de control, antes por el contrario se felicitara y encomiara a los cuerpos de seguridad y a sus autoridades en elocuentes y solemnes alocuciones públicas. Creer que puede ser prueba de la participación directa de Maduro, Diosdado y Padrino en crímenes de lesa humanidad que un magistrado que no lo es (Ángel Zerpa), o un militar (Cristopher Figuera), o un fiscal (Franklin Vivas), o un familiar de alguna víctima (Steyci Escalona), dijera que a su vez escuchó decir a un funcionario que dijo que las órdenes se recibían directamente de parte de ellos, no me parece serio. Más podría serlo su auto-pregonada participación en el puesto de mando de las OLPs, que el Informe por contrario no investiga en detalle. Tal vez sea cierto, como se dice en el Informe, que el Presidente y el Vicepresidente «no previnieron los crímenes y violaciones, ni los sancionaron» a tiempo, pero eso dista mucho de la responsabilidad por crímenes de lesa humanidad. Tanto es así, que de la influencia de Diosdado Cabello en las acciones de los cuerpos de seguridad, se dice en el Informe que «merece una mayor investigación». Lo más que se menciona son aseveraciones como que el DGCIM le «reporta al Presidente», o que la Misión cree que Maduro «tenía conocimiento de las violaciones cometidas en el DGCIM (…) y no ha adoptado las medidas necesarias para impedir que se produzcan». Pero luego cuando se señala que se tiene «…información fidedigna de que (Nicolás Maduro) participó directamente, ordenando o instigando determinados actos delictivos», no se emite una sola prueba a este respecto. De hecho, el Informe subraya que «Es necesario seguir investigando la trasmisión de información entre el nivel operacional y las autoridades de alto nivel (…) para determinar si las autoridades de alto nivel sabían o debían saber que se estaban cometiendo o a punto de cometer crímenes» como asesinatos y ejecuciones durante las OLPs y las protestas.
El contra-informe presentado por el gobierno, también deja mucho que desear.
Una tercera parte está ocupado por el desarrollo de un discurso meramente político contra la oposición extremista y la continua agresión externa contra el Estado venezolano, intentando probar que los actos de violencia causados por la línea insurreccional seguida por una parte de la oposición, crearía un entorno propicio para la violación masiva de los derechos humanos. Así, se parte de un juicio de intención acerca del otro informe, a cuyas inconsistencias dedica un sexto del contra-informe.
Un sexto adicional está dedicado a la exposición sobre la Constitución y las instituciones atinentes a la materia, todo lo cual no es sino una referencia teórica, es decir, mención de eso que algunos han llamado la constitución de papel y no la constitución real que hablaría de cómo poco de lo que se dice en aquélla se verifica en ésta. Por ejemplo: que se hable de empoderamiento del pueblo, cuando todos conocemos la interferencia estatal-partidista que hay en los espacios de supuesta participación popular; o que se proclame aún que se está disminuyendo la pobreza, cuando sabemos del hambre, la desnutrición infantil, la destrucción del salario real de los trabajadores, etc.: en fin, el largo anecdotario de la retórica oficial.
Casi puedo decir que comparto lo que allí se dice cuando se impugna la violencia insurreccional impulsada por la oposición extremista durante el año 2017, pero para que ese señalamiento tenga credibilidad, habría que establecer que su principal caldo de cultivo fue la indignación frente al bloqueo del revocatorio, hecho inconstitucional y antidemocrático ejecutado por las más altas autoridades del gobierno.
De la pagina 79 a la 96, el contra-informe se ocupa de la pretendida «reforma policial», que no es sino otra normativa teórica, de poca consecuencia práctica, como se ha visto.
Es sólo a partir de la página 96 (es decir, 16 páginas de las 112 que tiene) que hay referencia y admisión así sea indirecta a violaciones a los derechos humanos al hacerse mención al trabajo de la Fiscalía. Celebro que de 2017 a 2020, 600 funcionarios del Estado hayan sido imputados (25 % PNB-FAES, 27 % policías estadales, 7 % Ejército, 41 % otros cuerpos de seguridad). Pero a juzgar por los hechos, no luce suficiente.
En fin, pues, que se trata de dos informes que sólo ofrecen dos medias verdades. Al centro de ellas está la cruda realidad a la que día a día nos confrontamos los venezolanos, una en la que, a causa de las políticas públicas de un mal gobierno y también de las agresiones externas propiciadas por un sector extremista de la oposición, se sufre una masiva y sistemática violación de los derechos humanos, no sólo ésa que causan los cuerpos de seguridad del Estado cuando ejecutan y torturan, sino la que proviene de las restricciones de los derechos políticos y civiles cercados por una cultura autoritaria y militarista que se promueve desde el poder, y en particular la que se expresa en el hambre, la destrucción del salario real de los trabajadores (y por tanto de las pensiones), las enfermedades sin cura, y la devastación de servicios públicos vitales como los del suministro del agua, de la electricidad y del gas.
Venezuela se merece un destino en que se haga realidad la afamada consigna enarbolada por Amnistía Internacional: todos los derechos para todos. Se requiere para ello una democracia moderna, con instituciones fuertes, y una economía productiva que cree la riqueza necesaria para lograr el desarrollo con justicia social y progreso para todos. Y de un movimiento político que se defina fundacionalmente por la defensa de los derechos humanos. Es posible, perfectamente posible hacerlo. Los venezolanos tenemos la palabra.
El Reporte Global, no se hace responsable de las opiniones emitidas en el presente artículo, las mismas son responsabilidad directa, única y exclusiva de su autor.