
28 de julio, 2022
Por: Julio César Pineda
Desde que Rusia invadió a Ucrania el pasado 24 de febrero del 2022, la Justicia Penal Internacional ha venido actuando en este caso, ante presuntas violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario. El pasado 25 de abril la Fiscalía de la Corte Penal Internacional inició un examen preliminar sobre la situación de Ucrania. Ucrania no es parte del Estatuto de Roma, pero en el 2014 formalizó una declaración para aceptar la jurisdicción de la Corte en relación a presuntos crímenes de Rusia en Ucrania desde el 21 de noviembre del 2013 hasta febrero del 2014. Posteriormente, Ucrania en una segunda declaración ratificó su compromiso de reconocer la competencia de la CPI. Desde esa época hasta hoy, ha estado presente militarmente Rusia en esa región. La Fiscalía de la CPI en diciembre del 2020 había determinado que del examen preliminar, podían existir razones para calificar de Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad por parte Rusia y que solicitarían autorización de la Sala de Cuestiones Preliminares para iniciar la investigación. Todo esto se aceleró con la invasión y guerra continuada por 5 meses. La CPI ha afirmado en este caso que tiene jurisdicción para conocer de actos de Genocidios, Crímenes de Lesa Humanidad y de Guerra cometidos por los militares rusos en Ucrania, pero también quienes han ordenado, iniciado o contribuido a la comisión de los mismo. Se excluye el cuarto delito de la CPI, como es la Agresión porque ni Ucrania ni la Federación Rusa son partes del Tratado. Esto se ha fortalecido con la solicitud del 2 de marzo del 2022 realizada por 39 Estados partes de la CPI.
La Federación Rusa aunque firmó el Estatuto de Roma no lo ratificó además Moscú es miembro del Consejo de Seguridad de la ONU con derecho de veto.
El presidente Putin y altos responsables de la política rusa podrían enfrentar cualquier tipo de cargo, pero sería muy difícil la sanción con el juicio correspondiente. La CPI no juzga a personas en su ausencia. Todavía la Justicia Penal Internacional es deficitaria. En ciertos casos ha sido efectiva como lo fue con el expresidente de Liberia, Charles Taylor, el que fue condenado por 11 crímenes de guerra, y como lo señaló el Secretario General de la ONU Bank Ki- Moon “El veredicto marca un hito para la justicia penal internacional, ya que es la primera condena de un exjefe de Estado por planear, ayudar y promover crímenes de guerra y contra la humanidad”.
La Historia de la Justicia Penal Internacional es relativamente nueva. Con la creación de las Naciones Unidas el 26 de Julio de 1945, ante la existencia de crímenes y delitos internacionales, especialmente los producidos en la II Guerra Mundial, se buscó establecer una jurisdicción internacional.
Es necesario señalar que la soberanía de los grandes Estados ante graves crímenes contra la humanidad, fue posible, por los 40 millones de víctimas de la Segunda Guerra Mundial y ante la rendición absoluta de la Alemania Nazi y el Imperio Japonés. Las potencias vencedoras se vieron obligados a crear el Tribunal de Núremberg y en enero de 1946 se puso en marcha el Tribunal Internacional de Tokio.
Una referencia obligada al nuevo Derecho Penal Internacional son los Convenios de Ginebra, de agosto de 1949, dentro del principio de Competencia Universal por crímenes de guerra. Casi 50 años después de los Tribunales de Núremberg y Tokio, y ante los delitos de guerra en Yugoslavia y Ruanda, se establecieron tribunales internacionales, pero esta vez por resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU. Estos tribunales penales se fundamentaron en el Capítulo VII de la Carta de la ONU, a diferencia de los Núremberg y Tokio creados por las potencias vencedoras.
El CPI es la culminación del proceso de internacionalización de la justicia penal. El Tratado de Roma, es producto del Trabajo de 150 Estados que lo discutieron y negociaron, de los cuales 120 votaron a favor, 20 abstenciones y 7 en contra: Estados Unidos, Israel, India, China, Libia, Qatar y Sudán. El 11 de abril de 2002, con 66 ratificaciones, el Tratado se presentó a la Asamblea General de la ONU, y entró en vigencia el 1°de Julio de 2002, al obtener las 76 ratificaciones necesarias.
Venezuela se hizo parte del Estatuto de Roma el 13 de diciembre de 2002, convirtiéndose en el primer país latinoamericano en hacerlo.
Hoy son 123 países los miembros de la CPI, pero no están presentes Estados Unidos, Rusia, China, India, Israel, varias de estas potencias han sido los responsables de los crímenes establecidos en el Estatuto de Roma y han tratado de impedir el desarrollo de la justicia penal internacional. Los condicionamientos para la imputación de los crímenes como lo son el territorio y la nacionalidad impiden la universalidad del derecho penal internacional, además el poder absoluto del Consejo de Seguridad, donde el derecho veto limita poder conocer los datos, así Rusia ha ejercido este derecho para proteger a su aliado sirio Bashal Asad. En el caso de Ucrania el fiscal británico Karim Khan pudo abrir la investigación porque Ucrania reconoció la competencia de la CPI el 9 de abril del 2014 luego de la anexión de Crimea por Rusia.
Correo: Jcpinedap01
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